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Busca Mara Lezama más deuda para Cancún

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Cancún, 30 de noviembre
Alejandro Castro | Luces del Siglo

La presidenta municipal de Benito Juárez Mara Lezama presentó una propuesta para refinanciar la deuda pública municipal, que consiste en ampliar el plazo de pagos a 15 años, a cambio de una menor tasa de interés.

De ser aprobado por el Cabildo municipal, y posteriormente por el congreso local, la deuda actual terminaría de saldarse hasta el año 2033, y no en 2030 como se tenía contemplado, eso si no se adquiere antes un nuevo préstamo.

El planteamiento de la alcaldesa, que se pretende sea votado el próximo martes, contempla dos escenarios en cuanto a la ampliación del plazo y dos posibles reingenierías de la tasa de interés.

Actualmente la deuda pública de Benito Juárez se paga con una sobre tasa de 1.8 por ciento, es decir, esa cantidad más la inflación, que en este momento es de aproximadamente 4.5 por ciento, quedando el pago de intereses en poco más del 6 por ciento del valor total de la deuda, que asciende a 1 mil 125 millones de pesos, según se informó.

Hace una década, el alcalde priista Francisco Alor Quezada  (2005-2008), dejó una deuda de alrededor de 500 millones de pesos, que se elevó a mil 400 millones durante las administraciones (en un periodo de tres años) encabezadas por los perredistas, Gregorio Sánchez Martínez, Latife Muza Simón y Jaime Hernández Zaragoza, quien se encargó de negociar su reestructuración.

Luego de este proceso de reestructura entre 2010 y 2011, el Ayuntamiento quedó con dos deudas a largo plazo con Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos (Banobras), una por 982 millones de pesos (Banobras 1), y otra por 143 millones (Banobras 2), a pagar en 19 y 15 años, respectivamente.

De éstas, a la primera le restan 12 años de pago y a la segunda 7 años.

En el primer escenario del pretendido refinanciamiento de Mara se plantea que ambas deudas se amplíen a un plazo de 15 años, es de decir, que se liquiden hasta 2033, y no en 2030 y 2025 como se tenía previsto, con un ahorro de hasta 276 millones de pesos, suponiendo que la inflación se mantiene en el mismo nivel durante los próximos 15 años.

En este escenario, se fijará una sobretasa de 0.9 por ciento, y con esta reestructura se terminarían pagando mil 89 millones de pesos y no mil 366 millones, que es lo que se prevé con la tasa actual; si la tasa fuese de 1.25 por ciento, se pagarían mil 117 millones de pesos.

En el segundo escenario, el equipo de Mara Lezama propuso ampliar la deuda de (Banobras 2) únicamente de 7 a 10 años y la de (Banobras 1) de 12 a 15 años.

En este esquema el ahorro sería menor, pero la deuda (Banobras 2) se prolongaría solamente tres años y no ocho, como en el primer escenario expuesto.

Con el refinanciamiento también se pretende reducir la carga anual de amortizaciones e intereses que se pagan actualmente, que en 2022 sería de 177 millones de pesos. De concretarse, quedaría en pagos que no rebasan los 150 millones anuales, aunque se tendrían que hacer por más tiempo.

En ambas deudas la principal fuente de pago son los recursos federales. En la primera (Banobras 1), el 75.8 por ciento se paga con dinero del Fondo General de Participaciones (FGP). En el caso de la segunda deuda (Banobras 2) el 70 por ciento del pago es de ingresos de la zona federal marítima y como fuente alterna, el restante del 24.2 por ciento del FGP.

En su edición de ayer, Luces del Siglo informó que Benito Juárez tiene comprometidos como garantía de deuda el 100 por ciento de sus recursos del FGP.

Conforme al Artículo 9 de la Ley de Coordinación Fiscal, las entidades o municipios pueden hacer uso de estos recursos como garantía de un pago u obligación contraída.

Por tanto, los gobiernos locales y estatales hacen uso de las participaciones federales ofrecen en garantía los ingresos provenientes de las Participaciones (Ramo 28) a instituciones de crédito, con el propósito de contar con recursos para el financiamiento de su gasto.

No obstante, el mismo Artículo 9 señala que las participaciones federales podrán afectarse siempre que la afectación correspondiente “en ningún caso exceda del 25% de los recursos que les correspondan”.x

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